LAS ÁREAS NATURALES PROTEGIDAS
Definición
Las áreas naturales protegidas son espacios continentales o marinos del territorio nacional reconocidos, establecidos y cautelados legalmente por el Estado. En el caso del Perú están adscritas al Ministerio del Ambiente.
Principales características de la ANP
- La ubicación,limites y extensión de cada una de ellas están establecidos por la ley.
- Designadas para un uso específico y dirigidas bajo un plan de manejo.
- Objetivos específicos de conservación a largo plazo.
- Poseen valores naturales y paisajísticos.

Establecimiento de las ANP
El establecimiento de una categoría definitiva es a perpetuidad, está dada por Decreto Supremo con voto aprobatorio del Consejo de Ministros. Estas áreas se pueden establecer bajo las siguientes categorías: Parques Nacionales, Santuarios Nacionales, Santuarios Históricos, Reservas Nacionales, Reservas Comunales, Reservas Paisajísticas, Bosques de Protección, Refugios de Vida Silvestre y Cotos de Caza que conforman el Sistema Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado.
La determinación de un área natural protegida dentro de una categoría tiene carácter definitivo y perpetuo,mediante Decreto Supremo aprobado por el Consejo de Ministros.
En algunos casos,antes del establecimiento como ANP,se define una zona reservada transitoria.
Según el Sernanp,las zonas reservadas son áreas que, a pesar de reunir todas las condiciones para ser consideradas como áreas naturales protegidas,requieren de estudios complementarios para determinar,entre otros aspectos técnicos,la extensión y categoría que les corresponde.
Las áreas de conservación regional.
Las áreas de conservación privada
Poseen ecosistemas representativos que son de propiedad privada. En este caso,los propietarios son los responsables de presentar una solicitud ante la autoridad en Áreas Naturales Protegidas,y es el Ministerio del Ambiente el ente encargado de reconocerla como un area de conservacion privada por un determinado periodo.
https://www.youtube.com/watch?v=Gw35x245xRc
El establecimiento de una categoría definitiva es a perpetuidad, está dada por Decreto Supremo con voto aprobatorio del Consejo de Ministros. Estas áreas se pueden establecer bajo las siguientes categorías: Parques Nacionales, Santuarios Nacionales, Santuarios Históricos, Reservas Nacionales, Reservas Comunales, Reservas Paisajísticas, Bosques de Protección, Refugios de Vida Silvestre y Cotos de Caza que conforman el Sistema Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado.
- Proteger y gestionar eficientemente el patrimonio natural
- Garantizar que este patrimonio permanezca y se mantenga como un activo saludable y disponible.
- Salvaguardar la conservación de nuestra diversidad biológica.
- Contribuir el desarrollo del país a través de la gestión eficaz de areas naturales protegidas.

Las ANP de administración nacional
La determinación de un área natural protegida dentro de una categoría tiene carácter definitivo y perpetuo,mediante Decreto Supremo aprobado por el Consejo de Ministros.
En algunos casos,antes del establecimiento como ANP,se define una zona reservada transitoria.
Según el Sernanp,las zonas reservadas son áreas que, a pesar de reunir todas las condiciones para ser consideradas como áreas naturales protegidas,requieren de estudios complementarios para determinar,entre otros aspectos técnicos,la extensión y categoría que les corresponde.

Las áreas de conservación regional.
Son áreas que se establecen mediante un Decreto Supremo.Estas áreas de conservación regional presentan un carácter perpetuo debido a que preservan los ambientes ecológicos que existen y que son significativos para cada una de las regiones,pero no califican como áreas para el sistema nacional.El Gobierno regional debe presentar al Sernanp la propuesta para que un área de interés ecológico se constituya en un Área de Conservación Regional.
Las áreas de conservación privada
Poseen ecosistemas representativos que son de propiedad privada. En este caso,los propietarios son los responsables de presentar una solicitud ante la autoridad en Áreas Naturales Protegidas,y es el Ministerio del Ambiente el ente encargado de reconocerla como un area de conservacion privada por un determinado periodo.
https://www.youtube.com/watch?v=Gw35x245xRc
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